Rescates en los Deportes de Aventura. ¿Cobrar o no Cobrar? Esa no es la cuestión

Nuevamente y por enésima vez, tras un sonado rescate, en este caso de espeleo. En una comunidad autónoma se plantean el cobro de rescates. No se plantean la calidad de sus grupos de rescate o si la respuesta por parte de sus responsables a sido la adecuada. Por otra parte la prensa es incapaz de ir al fondo de la cuestión y se conforman con hacer de voceros de los burócratas regionales de turno.Además la «opinión pública» presente en los foros y en comentarios a pie de noticiarios digitales siempre sale con la misma: ¿y esto quien lo paga? Frente a esta, por otra parte razonable cuestión, suelen aparecer dos grandes grupos de respuesta. Por una parte los que afirman que lo debe pagar el accidentado o en su caso el seguro que este tenga, con la idea de que las arcas públicas no han de correr con los gastos de unos «irresponsables». Y por otra parte los que con cierta razón se ofenden por ser metidos todos en el saco de los irresponsables y opinan que, puesto que los accidentes de tráfico, los accidentes laborales, los accidentes en la playa también corren por cuenta del contribuyente, los accidentes de montaña han de tener el mismo trato.

¿Cual es mi opinión al respecto? pues que posiblemente las dos partes tengan razón. Me explico, los rescates han de ser gratuitos y de la mayor calidad posible. Por otra parte no es posible que las actitudes irresponsables de unos pocos (muy muy pocos) hayan de ser pagados por todos. Aquí surgen dos cuestiones: determinar lo que es irresponsable o no y cuanto cuesta esa supuesta irresponsabilidad.

Respecto a lo primero, ¿que es irresponsable o no? todos los que practican asiduamente un deporte de estas características tienen claro lo que es y no es irresponsable, sin embargo hay una franja intermedia de actitudes difícilmente catalogable. Por ejemplo, practicar parapente con aviso de alerta roja de fuertes vientos es una clara irresponsabilidad. Hacerlo sin avisos de vientos no. Ahora bien ¿en situaciones intermedias? ¿lo es o no lo es?. Al final si un burócrata desde su despacho decide que lo es e intenta aplicar el cobro, puesto que estamos en un estado de derecho la cuestión finalmente acabará ante un juez que decidirá si lo es o no. Tras un número suficiente de sentencias en un sentido u otro se irá aclarando el concepto para todas las partes.

Respecto a lo segundo: cobrar el rescate. Admitamos una situación en la que está clara la irresponsabilidad y que por tanto procede el cobro del rescate. ¿Es esta actuación de justicia? Me explico, una irresponsabilidad muy grave en montaña, por poner un ejemplo, que suponga la muerte de tu compañero de cordada, si el tiempo lo permite se puede solucionar con una hora de vuelo de helicóptero, que entre unas cosas y otras suponga un coste de 3.000 €. Sin embargo una irresponsabilidad muy leve en una cueva, que suponga la fractura de un tobillo, puede suponer un rescate en el que participe el propio helicóptero durante varias horas y un número de 40-50 socorristas durante 15 horas. Este rescate se puede poner por poner una cifra en 60.000 € ¿Es de justicia que aquella irresponsabilidad grave solo suponga 3.000 € y esta irresponsabilidad muy leves te cueste 60.000 €.? No quiero entrar en responsabilidades penales, que nadie plantea (de momento) si no en cuestiones administrativas que es de lo que estamos hablando.

¿Cobrar o no cobrar? Esa no es la cuestión. Por varios motivos, uno que existen seguros de accidente, tanto en el ámbito laboral, como en el de vehículos a motor, como en la práctica deportiva. Cierto es que las coberturas de los seguros federativos son de risa. Cierto es que nunca nadie le ha dicho al seguro que pague, o al menos en el tema de la espeleo no me costa que nuestro seguro haya hecho frente nunca a una factura por estas cuestiones (lo que hace que alguna empresa de seguros se esté partiendo de risa de lo tontos que son unos, la administración que no pasa factura, y otros, los deportistas que pagan religiosamente la parte proporcional de la póliza). Otro motivo es el que ya he indicado anteriormente sobre la injusticia que supone repercutir sin más los costes de un rescate sin entrar a valorar los motivos y características del accidente. No ya la dificultad de definir lo que es o no irresponsabilidad, que sería objeto de otro estudio en profundidad.

La cuestión por tanto reside en tipificar las irresponsabilidades y aplicar a cada una un castigo proporcional a la misma. Tarea complicada sin duda, pero en temas laborales lo han hecho (ver la LISOS) así como en temas de tráfico (ver sanciones en la ley de tráfico). Por lo tanto, la cuestión es difícil, posiblemente polémica. Pero al final a base de vernos ante un juez y previa la participación liante de abogados y «peritos» se irán aclarando conceptos. De esta forma se consigue lo que la administración suele argumentar a favor del cobro de rescates: que sea una herramienta preventiva y no recaudatoria. Garantizando la atención sanitaria universal en todo lugar, momento y circunstancia y la seguridad ciudadana, que en esencia es lo que nos interesa a todos.

fdo. Martín González Hierro.
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